La destreza, la tradición y la síntesis de distintas herencias culturales han guiado a las manos artesanas mexicanas para ir integrando imaginarios personales y populares con creatividad, empleando diversas materias primas, como fibras, madera, arcilla y otros recursos naturales, armonizados a través de las formas y el color.
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Después de tomar este curso podrás apreciar las manifestaciones del arte popular mexicano a través de su valor histórico y estético; distinguirás su evolución y adaptación a nuevas tecnologías a través del tiempo y reconocerás la materialización de los valores ancestrales plasmados en ellos.
Estudiando el lenguaje simbólico del arte que recoge la memoria y la identidad de los pueblos, con sus representaciones y usos inherentes.
Es licenciada en Turismo, egresada de la Escuela Superior de Turismo del Instituto Politécnico Nacional. Docente universitaria, obtuvo la distinción Magna Cum-Laude como mejor profesora de la Universidad de Londres. Guía de turistas en la Secretaría de Turismo, investigadora de arte, religión, patrimonio turístico universal e iconografía. Actualización constante a través de seminarios, cursos y diplomados sobre iconografía prehispánica, colonial, arte, turismo, cristología, religión y exégesis bíblica. Es agente capacitadora externa certificada por la Secretaría del Trabajo. Actualmente trabaja en investigación de elementos iconográficos e iconológicos para la publicación del libro La iconografía, un código antiguo sobre el universo de los símbolos, su significado, aplicación e interpretación en el arte. Asimismo, colabora en proyectos de desarrollo humano y social.
Políticas y descuentos
Políticas de inicio, posposición o cancelación
Reembolsos y bonificaciones
Política de plan de pagos
Políticas de facturación
“Nuestros ingresos no causan IVA.”
A partir de enero del 2020, la Universidad del Claustro de Sor Juana, A.C., como donataria autorizada, está exenta del IVA.
Con base en el decreto publicado en el diario oficial de la federación el 09 de diciembre de 2019, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT),
dio a conocer diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a saber:
Se adicionan las siguientes fracciones a los artículos de la Ley del IVA. Artículo 15, fracción VII; para quedar como sigue:
Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
VII. Los prestados por las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles para los efectos del impuesto sobre la renta.
En las facturas que emite la Universidad del Claustro de Sor Juana, no debemos desglosar el IVA, quien contrate nuestros servicios no tendrá el IVA acreditable que se generaba antes del cambio,
sin embargo podrá deducir para efectos de ISR, el importe total de la operación.
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